Abiertos nueve expedientes por acoger inmigrantes en situación irregular en la comarca de Alhama


Los hechos tuvieron lugar en una localidad de la comarca de Alhama, en la cual se tuvo que intervenir por diferentes delitos.

Noticia que publica la prensa al respecto

 Agentes de la Policía Nacional de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Granada han incoado nueve expedientes de iniciación por infracción del artículo 54.1 B de la Ley de Extranjería en una localidad de la comarca de Alhama.

 Tras varias intervenciones llevadas a cabo por diferentes delitos, se pudo verificar que en dicha localidad se hospedaban al parecer varios inmigrantes en situación irregular, los cuales pagaban diferentes cantidades económicas para residir en hasta siete viviendas distintas.

 Los pagadores eran en su mayoría de nacionalidad marroquí, mientras todos los beneficiarios por esa cuantía eran de nacionalidad española. Estas personas se enfrentan a infracciones muy graves que pueden ascender desde los 10.001 a los 100.000 euros, según ha informado este lunes la Policía Nacional en una nota de prensa.

 Los hechos tuvieron lugar en una pequeña localidad de la comarca de Alhama, en la cual se tuvo que intervenir por diferentes delitos, constatando que, en hasta en siete viviendas, se hospedaban inmigrantes en situación irregular, los cuales, presuntamente, pagaban variadas cantidades económicas (entre 75 y 240 euros) a sus propietarios para poder alojarse allí con ellos.

 A raíz de estos hechos se realizaron hasta nueve actas denuncia a los titulares de las viviendas, las cuales se remitieron a la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de la Policía, competente en materia de extranjería. A partir de la recepción de dichas actas se elaboró el acuerdo de iniciación del Procedimiento Sancionador por infracción del artículo 54.1 B de la Ley Orgánica de Extranjería y Fronteras, remitiéndose al órgano actuante para la notificación al denunciante.

 Al tratarse de infracciones muy graves, la sanción que puede llegar a imponerse es multa de 10.001 a 100.000 euros. La literalidad de dicha norma indica en el artículo referido que son infracciones muy graves el “inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en el mismo, siempre que el hecho no constituya delito.


últimos comentarios

Gracias por dejar tu comentario y fomentar la participación. Se publican en breve.

أحدث أقدم