Se están repartiendo, pero si a alguien no le llega lo puede retirar de la Asesoría Molina y Serrato.
El tradicional Calendario Laboral Oficial de Alhama es el más solicitado desde hace más de veinte años en Alhama. En él se pueden ver de un vistazo las fiestas oficiales, así como los acontecimientos alhameños relevantes, aunque no sean fiesta oficial. Un calendario que, por otra parte, es obligatorio que figure en las empresas en lugar visible.
Novedades de este 2023
La principal novedad es el de la Romería del Vino, que este año cumple cuarenta ediciones, y que normalmente se realizaba en la festividad del 15 de agosto, este año cae en martes, pero la Romería del Vino se ha adelantado al sábado 12 de agosto.
Por otra parte, la Feria de Septiembre, que ya incompresiblemente se adelantó el año pasado, aún contraviniendo el ayuntamiento su propio anuncio y publicación y que tantos problemas de logística acarrea en las empresas que tienen planificadas sus vacaciones para coincidir con la misma, como por ejemplo las de construcción, entre otras, este año se vuelve a adelantar y empieza el 31 de agosto ,(si el Ayuntamiento no cambia de opinión).
España no es el país europeo con más festivos
Otra de las cuestiones que parece que nos achacan a los españoles es que tenemos muchas fiestas, pero no es así, estamos por debajo de la media europea, España tiene 10 fiestas de carácter nacional, aunque hay que añadir las dos que fijan las comunidades autónomas (en el caso de Andalucía el 28 de febrero, Día de la Comunidad y el Jueves Santo), y los dos que pueden fijar los municipios, en el caso de Alhama: Lunes de Resaca y Viernes de Dolores.
Días festivos por países en Europa Occidental
- Finlandia: 15
- Grecia: 14
- Portugal: 13
- Suecia: 13
- Italia: 13
- Bélgica: 12
- Países Bajos: 11
- Dinamarca: 11
- Francia: 11
- Luxemburgo: 11
- Irlanda: 11
- España: 10
- Alemania: 9
El calendario oficial alhameño
ENERO
- 2 de enero. Por el 1 de enero que cae en domingo.
- 6 de enero. Día de los Reyes.
- 13 de enero. Finaliza plazo presentación candidaturas Premios Alhama.
FEBRERO
- 2 de febrero. La Candelaria.
- 4 de febrero. X Fiesta del vino.
- 19, 20 y 21 de febrero. Carnaval.
- 26 de febrero. Domingo de Piñata.
- 27 de febrero. Lunes de resaca. FIESTA LOCAL.
- 27 de febrero. XXXI Gala Premios Alhama.
- 28 de febrero. Día de Andalucía.
- 28 de febrero. Día de Alhama, 541 años de la Toma.
MARZO
- 31 de marzo. Viernes de Dolores. FIESTA LOCAL.
ABRIL
- 6 de abril. Jueves Santo.
- 7 de abril. Viernes Santo.
MAYO
- 1 de mayo. Día del trabajo.
JUNIO
- 22, 23, 24 y 25 de junio. FERIA DE JUNIO
AGOSTO
- 12 de agosto. XL Romería del vino.
- 15 de agosto. Día de la Asunción de la Virgen.
- 31 de agosto. Primer día de feria.
SEPTIEMBRE
- 1, 2 y 3 de septiembre. FERIA DE SEPTIEMBRE.
OCTUBRE
- 12 de octubre. Día de la Hispanidad, Día de España.
- 28 y 29 de octubre. XVI jornadas ecoturísticas.
NOVIEMBRE
- 1 de noviembre. Día de Todos los Santos.
- 5 de noviembre. XI Certamen pintura rápida.
DICIEMBRE
- 6 de diciembre. Día de la Constitución.
- 8 de diciembre. Día de la Inmaculada.
- 25 de diciembre. Día de Navidad.
El calendario laboral es obligatorio en las empresas
Te recordamos que, según se establece en el Estatuto de los Trabajadores (ET), las empresas están obligadas a elaborar un calendario laboral anual y exponerlo en un lugar visible de cada centro de trabajo, ya sea el que facilitamos adaptado a Alhama, o el que confeccione el centro de trabajo. Sobre esto se debe saber que:
El calendario se elabora una única vez al año. Se tendrá que hacer antes del inicio del año próximo para que los trabajadores puedan consultar la información a partir del 1 de enero.
Es necesario exponerlo en un lugar visible del centro de trabajo. También se puede enviar por correo electrónico a los trabajadores.
Si tiene representantes de los trabajadores, deberá consultar con ellos el contenido del mismo antes de elaborar definitivamente el calendario.
En el calendario laboral deberá incluir, al menos, los días laborales y los días festivos. Sin embargo:
No es obligatorio consignar los horarios ni los turnos concretos de cada empleado ya que los cuadrantes de turnos no forman parte del calendario.
Tampoco es obligatorio indicar el número de horas que cada empleado debe trabajar en cada día laborable
En caso de incumplir esta obligación la entidad puede recibir una multa de entre 70 a 750 euros, considerándose una infracción leve según el artículo 6 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto legislativo 5/200, de 4 de agosto.
El calendario laboral está regulado por el Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto 2/2015, de 23 de octubre.
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